NORMA DE PAGO
1. Objetivo
Esta norma tiene como objetivo disciplinar los criterios y los procedimientos adoptados por la Gestión Financiera de ADR (Área Financiera del CAM-CCBC) para la realización
de los pagos a Profesionales Indicados, con domicilio fuera de Brasil, que actúan en los procedimientos administrados por el CAM-CCBC – Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio Brasil-Canadá.
2. Aplicación
Esta norma se aplica a todos los Profesionales Indicados, con domicilio fuera de Brasil, que actúan en los procedimientos administrados por el CAM-CCBC.
3. Definiciones y Conceptos
- ADR – Alternative Dispute Resolution: métodos alternativos o adecuados de resolución de conflictos. Son ejemplos de ADRs: Arbitraje, Mediación, Controversias sobre Registro de Nombre de Dominio y otros métodos de solución de controversia;
- Partes: toda persona (física o jurídica) que posee procedimiento en curso objetivando la resolución de controversias;
- Profesional Indicado: árbitros, mediadores, especialistas y peritos, que actúan en los procedimientos administrados en la resolución de controversias;
- Informe de Costos: prestación de cuentas encaminada a las partes al final del procedimiento con el desglose de las operaciones financieras (entradas/ingresos
y salidas/gastos);
4. Premisas
Son premisas para el pago de honorarios y reembolsos de gastos presentados por los Profesionales Indicados:
- El aprovisionamiento de los montos indicados en la Tabla de Gastos aplicable y realizado por las Partes;
- El momento adecuado para el pago, definido en el Reglamento del CAM-CCBC, en la Tabla de Gastos, en las Resoluciones Administrativas aprobadas por la Presidencia del CAM-CCBC, en el Instrumento de Arbitraje, en el Instrumento de Mediación o, en el caso de pericia, conforme determinado por el Tribunal Arbitral¹;
- Los montos tienen como base la conversión de la moneda de la República Federativa de Brasil (Real) en la moneda del país de destino del pago;
- El recibimiento, por el Área Financiera del CAM-CCBC, de las informaciones y documentos necesarios en la forma prevista en esta Norma.
5. Procedimiento para pago de honorarios y reembolso de gastos
El Área Financiera del CAM-CCBC realizará los pagos de honorarios y el reembolso de gastos de los Profesionales Indicados en la forma y plazos definidos en esta Norma.
5.1. Comunicación y envío de los documentos
- Toda comunicación electrónica encaminada al Área Financiera del CAM-CCBC deberá
obligatoriamente ser encaminada directamente por el Profesional Indicado o por un
tercero con copia para el e-mail del Profesional Indicado.Para referencia, sigue un ejemplo:
Destinatarios: [email protected]; [email protected] Con copia para: [dirección de e-mail del Profesional Indicado] Asunto: Número del procedimiento – Nombre del Profesional Indicado
5.2. Datos de Cobro
- Los datos para emisión de los documentos de cobro son:
Cámara de Comercio Brasil-Canadá
Rua do Rocio, nº 220 – 12º andar – cj. 121
04552-000 – Vila Olímpia – São Paulo – SP
CNPJ: 43.737.840/0001-44
A los cuidados del Área Financiera del CAM-CCBC
5.3. Pago de honorarios
- Nota de honorarios
Se podrá emitir la nota de honorarios en el idioma inglés o portugués, que deberá
contener las siguientes informaciones:
- Data de la emisión de la Nota;
- Razón social y calificación de la sociedad de la cual el Profesional Indicado hace
parte, demostrando que los servicios prestados se encuentran en el escopo de la
sociedad; - Dirección completa;
- Número del procedimiento;
- Nombre completo del Profesional Indicado y su posición en el Tribunal Arbitral;
- Descripción de los servicios ejecutados;
- Monto bruto;
- Alícuota del Impuesto de Renta retenido en la fuente (IRRF);
- Monto líquido;
- Datos bancarios para depósito:
Beneficiary data:
Beneficiary name
Account number
City
Country
Telephone number
Contact person
Bank data:
Beneficiary Bank name
Address bank
Swift code (BIC)
ABA
Sobre la alícuota de retención del Imposto de Renta (IRRF):
Art. 17. Los importes pagos, abonados, entregados, empleados o remetidos a persona jurídica domiciliada en el extranjero a título de royalties de cualquier naturaleza y de remuneración de servicios técnicos y de asistencia técnica, administrativa y semejantes se sujetan a la incidencia del impuesto sobre la renta en la
fuente a la alícuota del 15% (quince por ciento).
[…]
II – se considera:
a) servicio técnico a ejecución de servicio que dependa de conocimientos técnicos especializados o que involucre asistencia administrativa o prestación de consultoría, realizado por profesionales independientes o con vínculo laboral o, aun, resultante de estructuras automatizadas con claro contenido tecnológico;
[…]
§ 3º los rendimientos mencionados en el caput recibidos por persona jurídica domiciliada en país o dependencia con tributación favorecida a que se refiere el Art. 24 de la Ley nº 9.430 de 1996, se sujetan a la incidencia del imposto sobre la renta en la fuente a la alícuota del 25% (veinticinco por ciento).
El Profesional Indicado deberá destacar el porcentaje de la alícuota de retención que le es debida:
1- Alícuota del 15%;
2- Alícuota del 25%;
3- Alícuota conforme Acuerdo Internacional entre Brasil y el país de destino del pago;
4- Otra situación específica. En este caso, el Profesional Indicado deberá informar la base legal que fundamenta la retención diferenciada.
El porcentaje de la alícuota de retención indicada en la nota será validada por el Área Financiera del CAM-CCBC.
5.3.1. Plazo límite para presentación de las notas de honorarios
El Profesional Indicado deberá solicitar la retirada de honorarios debidos hasta 10 (diez) días hábiles contados desde el envío del e-mail por el Área Financiera del CAM-CCBC (Anexo 01), motivado por el cierre del procedimiento de ADR.
Son ejemplos de cierre del procedimiento:
- Oficio de extinción;
- Sentencia arbitral final o decisión del Profesional Indicado;
- Respuesta al pedido de aclaración; o
- Instrumento de Cierre de la Mediación.
El eventual retraso en la emisión del Informe de Costos en razón de pendencia en la retirada del saldo de honorarios será informado a las Partes involucradas, una vez que la demora puede implicar en el aplazamiento de la emisión del Informe de Costos.
5.4. Gastos del procedimiento
Reservas de billete aéreo y hospedaje:
El Profesional Indicado deberá contactar la Secretaría del CAM-CCBC, representada por el/la case manager responsable por la administración del procedimiento de ADR, y solicitar las reservas. Billete aéreo y hospedaje serán contratados y pagados directamente por la CCBC en el Brasil;
Otros gastos relacionadas al procedimiento:
El Profesional Indicado podrá solicitar el reembolso de los gastos (excepto billete aéreo y hospedaje) incurridos en la conducción de las actividades a él atribuidas, conforme orientación en el tópico 5.5.
Los gastos por bebidas alcohólicas no serán reembolsados.
5.5. Pago de reembolso de gastos del procedimiento
Las siguientes informaciones deberán constar de la carta/solicitud de reembolso de gastos:
- Fecha de emisión de la carta/solicitud de reembolso;
- Número del procedimiento;
- Monto total del pedido de reembolso (en la moneda del país de destino del reembolso);
- Desglose de los gastos (conforme el ejemplo a continuación):
Descrição | Comprovante de Despesa | Taxa de Conversão | Despesa a ser reembolsada |
Nononono | BRL 0.00 | 0.0000 | EUR 0.00 |
Nononono | USD 0.00 | 0.0000 | EUR 0.00 |
Nononono | EUR 0.00 | – | EUR 0.00 |
Total a ser reembolsado | – | – | EUR 0.00 |
- Datos bancarios para depósito;
- Nombre y firma del Profesional Indicado.
Comprobantes de gastos:
Solamente se realizará el reembolso de gastos mediante presentación de los comprobantes de gastos originales, que deberán ser encaminados al Área Financiera del CAM-CCBC, salvo aquellos generados electrónicamente.
5.5.1. Plazo límite para presentación de pedidos de reembolso de gastos
El saldo del fundo de gastos del procedimiento de ADR es actualizado diariamente, con el registro de débitos y créditos.
Para garantizar que haya saldo suficiente para el reembolso, el pedido deberá ser recibido por el Área Financiera del CAM-CCBC en el plazo de hasta 10 (diez) días hábiles tras la realización del gasto.
Respecto de los gastos incurridos al final del procedimiento, el Área Financiera del CAM-CCBC encaminará e-mail (Anexo 01) notificando el cierre del procedimiento. Se deberá recibir la solicitud de eventual reembolso en hasta 10 (diez) días hábiles tras el envío del e-mail de notificación del cierre.
No se reembolsarán los gastos solicitados tras la emisión del Informe Final de Costos encaminado a las Partes.
5.6. Plazo para pago
El plazo para que la CCBC realice los pagos es de hasta 10 (diez) días hábiles contados a partir de la fecha de la recepción de los documentos.
El Área Financiera del CAM-CCBC encaminará por e-mail el ‘Aviso de Liberación de Pago’ (Anexo 02).
6. Dudas
Se deberán encaminar dudas no aclaradas en esta Norma a la Gestión Financiera de ADR, vía e-mail [email protected], o teléfono (11) 4058-0414.
7. Anexos
Son anexos de esta norma los siguientes documentos:
¹ARBITRAJE
A partir del 2015-atual: Reglamento de Arbitraje del CAM-CCBC |Tabla de Gastos 2019 | Tabla de Gastos 2017 – 2018 | Tabla de Gastos 2015 – 2016
2012-2014: Reglamento de Arbitraje del CAM-CCBC | Tabla de Gastos| Resolución Administrativa
1998-2011: Reglamento de Arbitraje del CAM-CCBC | Tabla de gastos
Resolución Administrativa: RA 16/2016 | RA 20/2016 | RA 21/2016 | RA 22/2016
Orientaciones del Tribunal Arbitral: ver Órdenes Procesales y orientaciones encaminadas por el Tribunal Arbitral
Instrumento de Arbitraje: Capítulo XII – Costos y gastos, ítem 12.5
MEDIACIÓN
2016-actual: Reglamento de Mediación del CAM-CCBC | Tabla de Gastos
2012: Regimiento de Mediación del CAM-CCBC | Tabla de Gastos
Instrumento de Mediación: Capítulo 10 – Costos, gastos y Honorarios, ítemes 10.4 la 10.7
REGISTRO DE DOMINIO | DISPUTE BOARDS| AUTORIDAD QUE NOMBRA