MEDIACIÓN
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La mediación permite la asistencia a las partes en la obtención de acuerdos. Es un mecanismo más amigable, que utiliza los servicios de un mediador que no tenga intereses en el objeto de la demanda y esté debidamente calificado para la función.
Además, la mediación efectuada por el CAM-CCBC es sigilosa, siendo vedada la divulgación de cualquier información sin la previa autorización mutua de las partes. Esto constituye una ventaja fundamental en el contexto corporativo, en el que las empresas no pueden ser expuestas a fin de preservar sus relaciones de negocios.
La mediación institucional administrada por el CAM-CCBC se utiliza del método no adversario, por medio del cual cualquier parte puede buscar la solución amistosa de conflictos relacionados con la interpretación o ejecución de un determinado contrato, de conformidad con el Reglamento de Mediación del CAM-CCBC. Las eventuales normas específicas que no estén previstas deberán ajustarse conjuntamente por las partes y el mediador. Este podrá ser elegido de común acuerdo entre las partes dentro de la lista de profesionales del CAM-CCBC que posee profesionales de renombrada experiencia en el escenario de la mediación nacional e internacional.
En Brasil, las reglas que orientan la utilización del mecanismo se sistematizaron en la Ley de Mediación (Ley 13.140 / 2015), que estableció el papel del mediador y de las características generales del procedimiento. El documento fue fundamental para crear un nuevo paradigma, volcado a la autonomía de las personas físicas y jurídicas en la solución de sus conflictos.
Al elegir el CAM-CCBC como responsable del soporte administrativo del procedimiento de mediación, las partes habrán garantizado el buen desarrollo del procedimiento en todas sus fases, para facilitar la construcción de una solución al conflicto.